En México, las personas que tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón, tienen el derecho a recibir aguinaldo, sin ningún pretexto.
El aguinaldo es un derecho, así se establece La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87, donde se indica que todos los empleados tienen el derecho a recibir dicho pago cada año.
“Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”
Además, las personas que trabajan en entidades gubernamentales recibirán una parte la primera quincena de noviembre, para que hagan compras en el Buen Fin.
El pago de aguinaldo les corresponde a las y los trabajadores, de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) hay que dividir tu salario mensual entre 30 y el resultado se multiplica por el número de días que corresponden, o sea 15.
Si cuentas con un sueldo mensual de 10 mil pesos. La cantidad se divide entre 30 y después se multiplica por 15. El resultado es 5 mil pesos de aguinaldo.
Los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, y es equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Cabe señalar que las personas que hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
Si ves que llega el 20 de diciembre y tu empresa todavía no deposita el aguinaldo, puedes acudir a la Profedet para levantar una queja.
Ponte en contacto con ellos vía telefónica: 59 98 2000 , 018009117877 y 018007172942.
Recuerda que nuestros especialistas en Derecho Laboral están a tus ordenes para apoyarte a exigir tus derechos.
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