¿Tu pensión está calculada en UMAS? Podrías estar recibiendo 20% menos de lo que te corresponde

¿Tu pensión está calculada en UMAS? Podrías estar recibiendo 20% menos de lo que te corresponde

Es obligación del Estado devolver a los pensionados y jubilados lo que por derecho les corresponde por el trabajo realizado, ya que de lo contrario implicaría una confiscación ilegal de sus ahorros.

Por: Lex Pro

En septiembre de 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la decisión de tomar la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, esto al tratarse de prestaciones de naturaleza laboral regidas por el Salario Mínimo (SM).

Actualmente, el salario mínimo es de $123.22 pesos en el país, y de $185.56 en la frontera norte, mientras que la UMA es de $86.88 pesos (calculada por el INEGI).

Como se observa, la UMA tiene un valor inferior al salario mínimo. Por lo que si calculan tu pensión con base en las Unidades de Medida y Actualización te darán menos de lo que te corresponde a si lo hicieran con base en el salario mínimo, pues éste es mayor.

La UMA surgió en 2016 para desvincular el salario mínimo como unidad de cuenta para calcular multas, créditos, infracciones, penas, trámites gubernamentales y algunas prestaciones.

La SCJN, publicó una jurisprudencia laboral, en la que indica que la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo sustentada propiamente en el salario, incluso para generarla y pagarla se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral del empleado, por lo que es claro que esta prestación es laboral. Es así, que, de aplicarse la UMA, se desnaturalizaría la pensión ya que se utilizaría un factor económico ajeno, distinto al salario y a la pensión, lo que jurídicamente no está permitido.

Consecuentemente, la pensión debe incrementarse conforme al salario mínimo general vigente, desde el otorgamiento de la pensión y en lo consecutivo.

Esta modificación a la ley hizo que aquellos pensionados que desde un principio tenían calculada su pensión en salarios mínimos vieran mermado el incremento en sus ahorros tras el cambio a la UMA.

Al respecto, la SCJN señaló que “no se pueden desconocer los ajustes de pensión ya otorgados con antelación por el instituto enjuiciado,” que en ese caso era el ISSSTE, sino que se deberán integrar los incrementos correspondientes al salario mínimo general que sean más altos a los ya otorgados.

Desde siempre, la Ley del Seguro Social ha estado fundamentada en el salario mínimo, así como toda la estructura financiera del Instituto Mexicano del Seguro Social. Además, el trabajador hace sus aportaciones con base en el salario mínimo desde la Ley de 1973.

  • PONGAMOS UN EJEMPLO.

Si usted está por pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1973, deberá saber que su pensión se determinará conforme al salario que ha tenido en las últimas 250 semanas cotizadas (5 años).

Ahora bien, si esos salarios con los que usted ha cotizado están por encima de las 25 UMAS de 2020 ($2,172 pesos diarios) sí se verá afectado porque en el IMSS no podrán igualar esa cantidad. Esto quiere decir que no podrán darle una pensión superior a los $65 mil pesos mensuales. De lo contrario, si su salario es menor a esa cantidad, no tendrá problema alguno.

A quienes mayormente les afecta, es a quienes tengan un salario diario registrado en el IMSS mayor a los $2,172 pesos diarios, equivalente al valor de 25 UMAS para 2020. Ello es así pues el IMSS ya no reconoce para pensiones, una cantidad mayor a las 25 UMAS. Lo que es cierto es que el cambio de medición de UMAS a Salario Mínimo sí tiene un efecto, incluso para los ya pensionados.

  • La pensión con Salario Mínimo: $123.22 x 25= $3,080.00 pesos
  • La pensión con UMAs: $86.66 x 25= $2,172.00 pesos

Observamos que la Ley del IMSS establece una pensión máxima de 25 salarios mínimos, que representa $92,400.00 pesos, pero si se consideran a la UMA, la pensión sería de $65,160.00 pesos, es decir, con el criterio de salario mínimo, la pensión aumentaría.

Tomemos un ejemplo con base en una pensión promedio de 5 salarios mínimos, la diferencia entre una pensión con UMA y una con salario mínimo es casi del 30%: la pensión mensual en UMA sería de $12,999 pesos mientras que con base en el Salario Mínimo sería de $18,483 pesos, es decir, una diferencia de $5,484 pesos. ¿Te das cuenta que estás percibiendo menos de lo que te corresponde?

  • ES JUSTICIA SOCIAL EL CALCULO DE PENSIÓN EN SALARIO MÍNIMO Y NO EN UMA.

El haberse interpretado el criterio de UMA para establecer el valor de las jubilaciones y pensiones violentó los derechos de los trabajadores, a razón de que sus cotizaciones al Seguro Social se han hecho con base en salarios mínimos, es decir, los trabajadores continúan aportando en función a su salario no con el valor de la UMA, por tal motivo, no es congruente el cálculo de la pensión, si aporta con base en el salario que percibe y no en UMA. Aunado a ello, es preciso remarcar que tanto las aportaciones de las empresas como del gobierno también son con base en el salario de cada persona y no en UMA.

Es totalmente injusto, aplicarle a una persona que lleva 20 años cotizando con base en el salario que percibe, un cambio en el criterio del cálculo de su pensión, recibiendo con ello una disminución en los recursos económicos que se otorgan quincenal o mensualmente.

No olvidemos que durante 2016, la UMA tuvo el mismo valor que el salario mínimo, por lo que su aplicación no impactó en el cálculo y actualización de las pensiones, sin embargo, a partir de 2017 el valor de la UMA es menor al valor del salario mínimo teniendo un impacto negativo, en 2017 la diferencia entre el valor de la UMA y el salario mínimo fue de 6 por ciento; en 2018, de 9 por ciento; en 2019 la diferencia es de 21.5 por ciento y en 2020, del 25 por ciento, lo cual no se ha visto reflejado en beneficio de los pensionados de IMSS e ISSSTE.

El salario mínimo debe ser el único indicador aplicable a las prestaciones de seguridad social para determinar el monto máximo del salario base de cotización, así como para fijar la cuota diaria de pensión. Por justicia social, es imperante realizar las adecuaciones al marco constitucional para eliminar el trato discriminatorio que padecen miles de jubilados y pensionados, es evidente que la aplicación de la UMA para el cálculo de las pensiones perjudicó su poder adquisitivo.

Las pensiones representan y se reconoce una especie de salario del trabajador, es fruto del ahorro que realizó durante toda su vida laboral, por tal motivo, dichos ahorros es una obligación del Estado devolverles a los pensionados y jubilados lo que por derecho les corresponde por el trabajo realizado, ya que de lo contrario implicaría una confiscación a sus ahorros por parte del Estado.

Ahora ya lo sabes, si requieres atención jurídica especializada no dudes en ponerte en contacto con nosotros, sin duda haremos nuestro tu problema y lo resolveremos eficazmente.

NUESTRO LEMA.

Inspirados por el amor a México, durante toda nuestra trayectoria profesional, gran parte de nuestro equipo ha colaborado de manera relevante en el apoyo a diferentes causas sociales, algunos formamos parte de la estructura directiva de una o más asociaciones civiles y hemos participado en múltiples reformas a las leyes del país, en especial al Código Penal Federal, a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a diversos ordenamientos jurídicos locales, por lo anterior es que el lema que nos caracteriza es:

Representación Jurídica con Visión Social

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