Morelos, entre la impunidad y la revictimización institucional.

Morelos, entre la impunidad y la revictimización institucional.

Han pasado más de 4 años desde que, en los meses de julio y agosto de 2018 en representación de los padres de 8 de los 15 recién nacidos que perdieron la vida por contagio de varios agentes, entre ellos la bacteria Klebsiella Pneumoniae, Enterobacter Gergoviae y Raoultella Planticola.en el Hospital General de Morelos “Jose G. Parres”; acudimos a presentar las denuncias ante la Fiscalía General del Estado de Morelos, años en los que hemos enfrentado la ineptitud, la ignorancia y la indiferencia de la Secretaria de Salud estatal, el Director General del Hospital General de Morelos Jose G. Parres, la FGEM y su titular y por si no bastará de la CEARV Morelos y quien la dirige..

De poco o nada ha servido el contar con una recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del estado de Morelos, la CDHM/SE/V3/061/151/2018 que establece que procede reconocer la violación de los derechos humanos y reparar de manera integral el daño, así como emitir una disculpa pública a las víctimas, pues a esta fecha la Fiscalía General del Estado de Morelos a cargo del Lic. Uriel Carmona Gándara no le ha sido suficiente el tiempo para concluir con la carpeta de investigación, de hecho, dicha carpeta continua sin avances relevantes desde principios del año 2020, simplemente guardaron todo en un cajón esperando que se olvidará el caso.

Por si lo anterior no bastara, la Comisión de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos (CEARV) a cargo de la “licenciada” Penélope Picazo Hernández, continua “inventando excusas ilegales” para impedir a toda costa que las víctimas, que ya fueron reconocidas y registradas como tales, tengan acceso a su derecho de reparación integral del daño de conformidad con la Ley de Víctimas del Estado de Morelos y la Ley General de Víctimas federal, así como su reglamento correspondiente. Tal pareciera que el conocer las leyes que rigen dicha comisión no fuera requisito para ocupar el cargo de la titularidad, en especial en un estado de la república que es conocido nacional e internacionalmente por la alta impunidad en delitos graves y por el creciente número de víctimas de los mismos.

Las víctimas no solo han tenido que enfrentar el dolor de haber perdido a sus recién nacidos, también deben enfrentar a las autoridades para poder acceder a la justicia.

¿De qué sirve tener leyes si las autoridades las desconocen o las violan de manera dolosa? la recomendación CDHM/SE/V3/061/151/2018 establece la emisión de “una disculpa pública” por parte de las autoridades de salud estatales, que aceptaron de manera parcial dicha recomendación, dichas autoridades se negaron a emitir la disculpa pública a los padres de los recién nacidos que perdieron la vida; como si la muerte de 15 bebes por culpa del personal médico y de enfermería, no bastará para al menos hacer algo tan básico que demostrara un poco de empatía a los dolientes.

La Fiscalía General del Estado de Morelos, ha sido omisa a lo que mandata la Constitución en su artículo 21 respecto a llevar a cabo las investigaciones pertinentes del probable cometimiento de los actos ilícitos, por el contrario, ha permitido que el tiempo transcurra de manera negligente poniendo en riesgo, dada la prescripción de los posibles delitos de acuerdo al código penal estatal, que los probables responsables enfrenten a la justicia.

Más graves resultan, las omisiones de la CEARV, cuya titular y personal (por increíble que parezca) desconoce la diferencia entre “COMPENSACIÓN SUBSIDIARIA” aplicable en casos de víctimas de delitos y “COMPENSACIÓN POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS COMETIDAS POR AUTORIDADES ESTATALES” que como su nombre lo indica se aplica para víctimas de violaciones a los derechos humanos, negando el acceso de las víctimas argumentando lo siguiente en la demanda de amparo que presentamos ante la negación de esa comisión para emitir por lo menos una respuesta respecto del acceso a las víctimas al fondo de ayuda (demanda de amparo radicada en el Cuarto Juzgado de Distrito del estado de Morelos y que aún no ha emitido sentencia), lo anterior se puede observar en la respuesta oficial de dicha comisión que a continuación se muestra:

“POR LO QUE ATENDIENDO A LO ESTABECIDO POR LOS ARTÍCULOS 154, 155, 160 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE VÍCTIMAS DEL ESTADO DE MORELOS. SE DETERMINÓ EL NEGAR EL ACCESO A LOS RECURSOS DEL FONDO PARA UNA COMPENSACIÓN SUBSIDIARIA HASTA QUE NO SE TENGA UNA SENTENCIA FIRME DETERMINANDO UNA CERTEZA JURÍDICA DE LA COMPENSACIÓN SUBSIDIARIA.”

Con base en lo anterior, la CEARV no solo desconoce el artículo 82 de la Ley de Víctimas del Estado de Morelos sino que además ignora cual es la función de la Comisión de Derechos Humanos del estado de Morelos y los sustentos legales que dan validez y certeza a las recomendaciones emitidas por este último.

Indignante resulta no solo para las víctimas del caso que nos ocupa si no para los morelenses, que la comisión que debe encargarse de efectuar la reparación integral del daño a víctimas de violaciones de derechos humanos y que cuenta con todos los requisitos legales para cumplir con su objetivo por parte de nuestros representados, condicione de manera ilógica, injusta e ilegal el acceso a su derecho, a la existencia de una sentencia de un caso de tan grave impacto, cuando la fiscalía estatal, después de más de 4 años no ha integrado siquiera la carpeta de investigación correspondiente, que probablemente jamás culmine, ni se judicialice imposibilitando el hecho de obtener una sentencia. 

Como se puede constatar en la recomendación mencionada, existen al menos 23 evidencias que constan de los expedientes clínicos, los cuales fueron analizados por especialistas; dictámenes especializados; notas epidemiológicas informativas emitidas por la Unidad de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria; boletines emitidos por la entonces Secretaría de Salud de Morelos e incluso, elementos aportados por la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de Morelos COPRISEM, que incluso radicó el expediente SSM/COPRISEM/JJC/113/2018 derivado de diversas violaciones a la normatividad sanitaria vigente por parte del Hospital General de Morelos Jose G. Parres.

Lex Pro Humanitas y nuestra Fundación, en representación de las victimas que nos han favorecido con su confianza, presentamos el pasado lunes una nueva demanda de amparo en contra de la negativa de la CEARV Morelos la cual tenemos la total certeza tendrá una resolución favorable toda vez que nos asiste la razón y el derecho, así mismo estamos en espera de que la Comisión de Derechos Humanos del estado de Morelos emita antes de que concluya el mes de octubre del presente año, la resolución de la queja interpuesta en contra de la Fiscalía General de «Justicia» del estado de Morelos por dilación de la justicia y en contra de la CEARV por la negación ilegal del derecho a la reparación integral del daño a los padres de los recién nacidos que perdieron la vida.

Continuaremos en nuestra lucha por obtener justicia y por evidenciar las notables carencias de las autoridades del estado, pues aunque en el transcurso de más de cuatro años, hemos tenido la necesidad de superar todos los retos que nos han impuesto las instituciones que deberían defender nuestra causa, todo el gran esfuerzo y sacrificio que nuestros representados y nosotros hemos hecho desde el inicio a la fecha, lejos de mermarnos y desanimarnos nos ha fortalecido, no permitiremos que la muerte de 15 recién nacidos y que pudo evitarse, sea un caso más de impunidad e injusticia de los que avergüenzan a los morelenses y más aún a los mexicanos, por causa de la indiferencia, la ignorancia y la ineptitud de las autoridades estatales.

El tiempo ha transcurrido y las autoridades de Morelos han sido omisas y negligentes
Aunque el fiscal Uriel Carmona Gándara aseguro que se deslindarían responsabilidades, después de 4 años no ha sido capaz siquiera de integrar la carpeta de investigación ni mucho menos de judicializar el caso
La directora de la CEARV pese a declarar que esperaba la resolución de la CNDH (la cual se emitió hace meses), le niega el acceso al fondo de ayuda a las víctimas inventando pretextos y violando los derechos de las víctimas a obtener la reparación del daño contemplada en las leyes que desconoce

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