Protege la renta de tu propiedad

Protege la renta de tu propiedad

Con nosotros, proteger la renta de tu propiedad es seguro, fácil y accesible.

¿Cuántas veces has escuchado, “sólo por esta vez aguántame con la renta”, o “ya seguro el siguiente mes me pongo al corriente”? Y termina en 6 meses de falta de pago, un juicio de más de un año que resuelva el incumplimiento y un detrimento en tu patrimonio.

El más común de los riesgos que se conocen al rentar una propiedad, ya sea habitacional o comercial, es la falta de pago o el retraso de la mensualidad, además de la nula respuesta a esta obligación por parte de un inquilino.

Muchas veces tenemos años conociéndolo o quizá es un familiar, el cual cae en un problema económico y lo lleva al incumplimiento de su obligación de pago. Pero el tiempo y la costumbre en este caso determinan la respuesta; no pasa nada, son solo unos días. Y realmente ¿Solo unos días?

El retraso en el pago es un incumplimiento que muchos dejan pasar y que puede llevar como resultado el cúmulo de perdida para tu ingreso o conflicto entre las partes, con una resolución poco favorable para el propietario por solo dejar pasar un tiempo.

Pero también existen otros riesgos que pocas veces tenemos en mente, por ejemplo:

  1. La falta de pago de servicios públicos durante el arrendamiento o la re conexión de éste, por parte del arrendador.
  2. Falta de pago de servicios privados contratados que no fueron cubiertos e implican una mala nota para el inmueble.
  3. Retención de pago por exigencia del arrendatario.
  4. Uso fuera del giro permitido por la ley
  5. Daños por mal uso o al entregar el inmueble al término del contrato.
  6. Falta de pago a cuotas de administración en condominio o propiedades residenciales.
  7. Presentación de un fiador insolvente o con una propiedad que no es aplicable para el cobro por adeudos acumulados.
  8. El más grave en este caso, presentar de un presta garantías (fiador comprado).
  9. No actualización de depósito al cambio de monto de renta.
  10. La no desocupación del inmueble en tiempo y forma al término del contrato.

Todos estos son riesgos que se corren al rentar y que se pueden prevenir con una eficiente validación de quien será tu futuro inquilino y sobre todo, un contrato que respalde las necesidades básicas de protección con fundamento legal.

Los tiempos han cambiado, y la ética personal  no es la misma que hace más de 20 años, cuando se rentaba solo con la palabra de cada una de las partes.

Anteriormente si se proponía la firma de un documento para realizar la renta, era signo de desconfianza; pero actualmente es la base de toda buena relación legal, así como la existencia de un respaldo, donde ambas partes expresen su obligaciones y responsabilidades, en especial si se está entregado el patrimonio de una persona en manos de un tercero, que, si bien puede no ser desconocido en su totalidad, puede no resultar lo que uno cree.

Todas las personas que se ven involucradas en un arrendamiento corren riesgos, el propietario sobre su patrimonio, como ya lo mencionamos y el inquilino lo corre sobre su tranquilidad.

Algunos ejemplos que se han llevado a cabo de manera arbitraria por parte de arrendador es, el solicitar de un día al otro la entrega de la propiedad arrendada o irrumpir en el uso de ella durante el plazo acordado. O simplemente no cumplir con las obligaciones que marca la ley respecto a las condiciones de renta, en especial en un inmueble habitacional.

Es fundamental contar con el apoyo y respaldo de gente con el conocimiento necesario y requerido en la materia de arrendamiento para no dejarse engañar, ni actuar en desconocimiento, puesto que puede ser muy perjudicial. Muchos propietarios e inquilinos caen en conflictos por el desconocimiento de cómo deben proceder ante esta situación, que termina generando una pérdida económica importante o peor aún la de su patrimonio, la cual no le fue fácil adquirir no es justo perderla por un acto de confianza.

No se debe actuar sobre la desconfianza, si no con el conocimiento y apoyo profesionales de la materia, Abogados con el conocimiento y experiencia necesaria en las leyes y reglamentos, que nos brinden la tranquilidad de tener tu propiedad en uso con un tercero.

Recuerda que en Lex Pro Humanitas, ¡Tenemos servicios que te garantizan la devolución de tu inmueble en dos meses máximo, sin juicio, con el cumplimiento total de las obligaciones de tu arrendatario!

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