¿Promocionas productos o servicios de salud en redes? Cuidado con COFEPRIS

¿Promocionas productos o servicios de salud en redes? Cuidado con COFEPRIS

 

Muchas personas y negocios promocionan en redes sociales o en anuncios impresos servicios de salud en general como spas, consultorios médicos de todo tipo o tratamientos estéticos, suplementos alimenticios, proteínas e incluso bebidas alcohólicas artesanales sin saber que existe un permiso especifico de COFEPRIS para hacerlo, aunque dicha publicidad se lleve a cabo en cuentas personales.

Es verdad, a menudo no sucede nada, pero si COFEPRIS se da cuenta, las repercusiones pueden ser un verdadero dolor de cabeza, ya que COFEPRIS realiza monitoreos constantes con el único propósito de detectar y en su caso, sancionar este tipo de casos, por lo que el riesgo es real y puede provocar multas cuantiosas sin importar que tu negocio sea pequeño.

Afortunadamente, obtener el permiso no es muy complicado si se cuenta con la asesoría oportuna y se cumple con todos los requisitos, a continuación te hablaremos al respecto.

Permiso de publicidad, para productos y servicios

Deberán solicitar este tipo de permisos, las personas físicas o morales, que brindan un servicio de salud, un procedimiento de embellecimiento o bien, los que promueven el consumo o la venta de bebidas alcohólicas, suplementos alimenticios, plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias tóxicas.

La publicidad se encuentra regulada por la Ley General de Salud y su Reglamento en Materia de Publicidad, y COFEPRIS es la autoridad responsable para vigilar y supervisar la publicidad autorizada y no autorizada.

Es importante tener un proyecto publicitario, en el que por ejemplo se deben evitar mensajes subliminales, falsos o ficticios, o bien, en el que se exageren las características de los servicios o productos para evitar observaciones o requerimientos por la Secretaría de Salud.

Casos donde se necesita un permiso de publicidad de COFEPRIS:

  • Prestación de servicios de salud (salvo cuando se trate de servicios otorgados en forma individual)
  • Suplementos alimenticios.
  • Medicamentos y remedios herbolarios.
  • Equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación; y productos higiénicos.
  • Servicios y procedimientos de embellecimiento.
  • Nutrientes vegetales cuando, de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas, tengan características tóxicas.
  • Sustancias tóxicas o peligrosas, cuando se trate de productos sujetos a control sanitario en términos del artículo 278 de la Ley.

La falta de permiso de publicidad de tu empresa puede provocar que sea boletinada y que tengas que pagar multa de dos mil hasta dieciséis mil veces el valor de la UMA por publicidad no autorizada.

Generalmente se desconoce la normatividad en cuestión publicitaría, así como las consecuencias o multas que esto puede ocasionar en caso de que COFEPRIS detecte que la publicidad no está autorizada o que cuente con mensajes erróneos, o bien, que se promocionen tratamientos, procedimientos que no estén autorizados por la Autoridad Sanitaria Federal.

LEXPRO cuenta con los especialistas que te ayudarán con los trámites correspondientes para autorizar tu publicidad en los diferentes medios, principalmente en internet y redes sociales.

 

Leave a Reply

Your email address will not be published.