{"id":15818,"date":"2020-06-15T04:26:03","date_gmt":"2020-06-15T04:26:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/?p=15818"},"modified":"2020-06-16T05:13:59","modified_gmt":"2020-06-16T05:13:59","slug":"guia-rapida-de-pension-de-retiro-anticipado-imss","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/seguridad-social-y-pensiones\/guia-rapida-de-pension-de-retiro-anticipado-imss\/","title":{"rendered":"Gu\u00eda r\u00e1pida de Pensi\u00f3n de retiro anticipado IMSS."},"content":{"rendered":"\n<p>En nuestro despacho hemos recibido continuamente personas que nos preguntan ya sea en nuestras l\u00edneas telef\u00f3nicas o en nuestras redes que es lo que se puede hacer para aquellas personas que si cumplen con las 1250 semanas de cotizaci\u00f3n pero que no han cumplido a\u00fan la edad m\u00ednima.<\/p>\n<p>Antes de continuar les recordamos que para conocer las semanas que tienen de cotizar pueden ingresar a este link\u00a0 <a href=\"https:\/\/serviciosdigitales.imss.gob.mx\/semanascotizadas-web\/usuarios\/IngresoAsegurado\">https:\/\/serviciosdigitales.imss.gob.mx\/semanascotizadas-web\/usuarios\/IngresoAsegurado<\/a>\u00a0 \u00a0recuerden tener a la mano su CURP y su n\u00famero de Seguridad Social.<\/p>\n<p>La pensi\u00f3n de retiro se otorga al asegurado antes de cumplir las edades establecidas, siempre y cuando la pensi\u00f3n que se le calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en m\u00e1s del treinta por ciento de la pensi\u00f3n garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios. Esta pensi\u00f3n ser\u00e1 pagada por la aseguradora que el asegurado elija. Asimismo, el asegurado deber\u00e1 haber causado baja del r\u00e9gimen obligatorio, estar privado de trabajo remunerado y tener un m\u00ednimo 1250 semanas de cotizaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Los requisitos para que se otorgue la pensi\u00f3n por Retiro conforme al R\u00e9gimen de la Ley del Seguro Social de 1997:<\/h3>\n<ul>\n<li>Que el asegurado tenga menos de 60.\u00a0<\/li>\n<li>Que tenga un m\u00ednimo 1250 semanas de cotizaci\u00f3n en el R\u00e9gimen Obligatorio del Seguro Social.<\/li>\n<li>Que los recursos de la cuenta individual sean suficientes para el retiro.<\/li>\n<li>Que la pensi\u00f3n que se calcule en el Sistema de Rentas Vitalicias sea superior en m\u00e1s de 30% de la pensi\u00f3n garantizada,\u00a0una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.<\/li>\n<li>Causar baja en el R\u00e9gimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.<\/li>\n<li>Se encuentre privado de trabajo remunerado.\u00a0<\/li>\n<\/ul>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 documentos necesito?<\/h3>\n<p>Los identificados con los numerales del apartado \u201cLista de documentos a presentar en los tr\u00e1mites\u201d:<\/p>\n<p><strong>Del asegurado:<\/strong>\u00a01, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 14.<\/p>\n<p><strong>Lista de documentos a presentar en los tr\u00e1mites<\/strong><\/p>\n<p>I.- En original o copia certificada, acompa\u00f1ados de copia simple para cotejo:<\/p>\n<ol>\n<li>Identificaci\u00f3n oficial con fotograf\u00eda y firma (vigente de acuerdo con la legislaci\u00f3n que aplique a cada una de ellas), cualquiera de las siguientes:<\/li>\n<li>a) Trat\u00e1ndose de mexicanos:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Credencial ADIMSS.<\/li>\n<li>Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral o por el Instituto Federal Electoral, hasta en tanto concluya su vigencia.<\/li>\n<li>C\u00e9dula Profesional, expedida por la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Profesiones.<\/li>\n<li>Pasaporte expedido por la Secretar\u00eda de Relaciones Exteriores.<\/li>\n<li>Cartilla del Servicio Militar Nacional, emitida por la Secretar\u00eda de la Defensa Nacional.\u00a0<\/li>\n<li>C\u00e9dula de Identidad Personal, emitida por la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Documento con fotograf\u00eda expedido por la Delegaci\u00f3n o Municipio en donde reside el interesado, a trav\u00e9s del cual se haga constar la identidad del mismo.<\/li>\n<li>Carta de naturalizaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>b) Trat\u00e1ndose de extranjeros:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Pasaporte.<\/li>\n<li>Documento migratorio expedido por las Oficinas Consulares de M\u00e9xico en el extranjero (Visa de residencia temporal, Visa de residente temporal estudiante, Visa de residencia permanente, Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas o Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas).<\/li>\n<li>Tarjeta de residencia, expedida por el Instituto Nacional de Migraci\u00f3n.<\/li>\n<li>Credencial ADIMSS.<\/li>\n<li>C\u00e9dula Profesional, expedida por la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Profesiones.<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"2\">\n<li>Cualquier documento o medio de identificaci\u00f3n emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el N\u00famero de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.<\/li>\n<li>Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedici\u00f3n no tenga una antig\u00fcedad mayor a tres meses previos a la presentaci\u00f3n de la solicitud:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o por el Instituto Federal Electoral (hasta en tanto concluya su vigencia), si manifiesta vivir en el domicilio registrado en la misma;<\/li>\n<li>Boleta predial (bimestral o anual del ejercicio vigente);<\/li>\n<li>Estado de cuenta de servicio telef\u00f3nico (fijo);<\/li>\n<li>Recibo de consumo de agua;<\/li>\n<li>Recibo del servicio de luz;<\/li>\n<li>Recibo del servicio de gas;<\/li>\n<li>Constancia de residencia emitida por la autoridad municipal, ejidal o delegacional;<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"4\">\n<li>Clave \u00danica de Registro de Poblaci\u00f3n (CURP), copia simple o impresi\u00f3n de la misma obtenida a trav\u00e9s de la p\u00e1gina de Internet del Registro Nacional de Poblaci\u00f3n, salvo en los casos en que el solicitante tenga nacionalidad diferente a la mexicana y residan en el extranjero. Tambi\u00e9n podr\u00e1 aceptarse para satisfacer este requisito, la presentaci\u00f3n de la credencial ADIMSS que contenga el dato de la CURP.<\/li>\n<li>Estado de cuenta, impresi\u00f3n obtenida de la p\u00e1gina de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE, con una antig\u00fcedad no mayor a seis meses previos a la fecha de la solicitud de la pensi\u00f3n o de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica de que se trate, s\u00f3lo si el asegurado cotiz\u00f3 a partir del 1 de julio de 1997.<\/li>\n<li>Constancia de la inscripci\u00f3n del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones, a trav\u00e9s de la presentaci\u00f3n de cualquiera de los documentos siguientes:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Constancia de inscripci\u00f3n en el Registro Federal de Contribuyentes.<\/li>\n<li>C\u00e9dula de Identificaci\u00f3n Fiscal.<\/li>\n<li>Comprobante de pago de salario, Estado de Cuenta de su Cuenta Individual AFORE, factura fiscal expedida a su favor, en general, cualquier documento que contenga dicho dato. Este documento se deber\u00e1 presentar por los solicitantes mayores de edad, dentro de los cinco d\u00edas naturales siguientes a la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n a trav\u00e9s de la cual se otorgue la pensi\u00f3n, sin embargo el solicitante podr\u00e1 entregarlo desde el d\u00eda que presente su Solicitud de Pensi\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"7\">\n<li>Documento expedido por la instituci\u00f3n de cr\u00e9dito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripci\u00f3n de que se trate, en el cual se identifique el n\u00famero de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensi\u00f3n. Este documento se deber\u00e1 presentar, trat\u00e1ndose de solicitudes de pensi\u00f3n dentro de los cinco d\u00edas naturales siguientes a la elecci\u00f3n del r\u00e9gimen de pensi\u00f3n de la Ley del Seguro Social de 1973 o de la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n que otorga la pensi\u00f3n, seg\u00fan sea el caso. Sin embargo, el solicitante podr\u00e1 entregar dicho documento desde el d\u00eda que presente su Solicitud de Pensi\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>II.- En original o copia certificada, que quedar\u00e1n en el expediente:<\/strong><\/p>\n<ol start=\"14\">\n<li>Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopci\u00f3n o Reconocimiento, expedida por:<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Las oficinas o juzgados del Registro Civil de la Entidad Federativa que corresponda o la Ciudad de M\u00e9xico.<\/li>\n<li>Las Representaciones Consulares de M\u00e9xico.<\/li>\n<li>Gobierno Extranjero. En este caso, se debe atender a las disposiciones que sobre documentos p\u00fablicos expedidos en el extranjero prev\u00e9 el derecho com\u00fan y los tratados internacionales. Tambi\u00e9n se aceptar\u00e1n Copia certificada del Acta de Nacimiento, Reconocimiento o Adopci\u00f3n, expedida con firma electr\u00f3nica de las autoridades administrativas nacionales, cuyas legislaciones otorguen validez a los documentos expedidos de esa forma. La Carta de naturalizaci\u00f3n har\u00e1 las veces de Acta de Nacimiento.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>\u00bfEn donde se realiza el tr\u00e1mite?<\/h3>\n<p>Presencial: Acude a la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegaci\u00f3n de adscripci\u00f3n de 08:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Recuerden que a partir del primero de julio de 2020 volveremos a nuestras oficinas apoyar a todas las personas que quieran realizar este y todos los tr\u00e1mites relacionados con el IMSS e ISSSTE.<\/p>\n<p><strong>No olviden suscribirse a nuestro blog y seguirnos en nuestras redes sociales para mantener informados.\u00a0<\/strong><\/p>\n<h3><strong>NUESTRO LEMA.<\/strong><\/h3>\n<p>Inspirados por el amor a M\u00e9xico, durante toda nuestra trayectoria profesional, gran parte de nuestro equipo ha colaborado de manera relevante en el apoyo a diferentes causas sociales, algunos formamos parte de la estructura directiva de una o m\u00e1s asociaciones civiles y hemos participado en m\u00faltiples reformas a las leyes del pa\u00eds, en especial al C\u00f3digo Penal Federal, a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a diversos ordenamientos jur\u00eddicos locales, por lo anterior es que el lema que nos caracteriza es:<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/LexPro-Abogados-10.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-15583\" src=\"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/LexPro-Abogados-10.jpg\" alt=\"Representaci\u00f3n Jur\u00eddica con Visi\u00f3n Social\" width=\"900\" height=\"457\" srcset=\"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/LexPro-Abogados-10.jpg 900w, https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/LexPro-Abogados-10-300x152.jpg 300w, https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/LexPro-Abogados-10-768x390.jpg 768w, https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/LexPro-Abogados-10-580x295.jpg 580w, https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/LexPro-Abogados-10-860x437.jpg 860w\" sizes=\"(max-width: 900px) 100vw, 900px\" \/><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En nuestro despacho hemos recibido continuamente personas que nos preguntan ya sea en nuestras l\u00edneas telef\u00f3nicas o en nuestras redes que es lo que se puede hacer para aquellas personas que si cumplen con las 1250 semanas de cotizaci\u00f3n pero que no han cumplido a\u00fan la edad m\u00ednima.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":15819,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[132],"tags":[133,137,136],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15818"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15818"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15818\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":15821,"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15818\/revisions\/15821"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/15819"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15818"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15818"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lexpro.mx\/respaldo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15818"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}