Caras vemos, pensiones alimenticias NO SABEMOS

Caras vemos, pensiones alimenticias NO SABEMOS

Aunque nos odien quienes aparecen en la lista, merecen ser identificados por no hacerse responsables de sus hijos y no es broma, algunos de ellos adeudan meses de pensión alimenticia, otros, jamás lo han hecho.

Pero eso no les impide (a diferencia de sus excónyuges que se hacen cargo de la responsabilidad de sus hijos) rehacer su vida e incluso en muchos casos, darse la vida de soltero conquistando nuevos corazones.

Por eso, en Lex Pro Humanitas te damos un tip, si estas por iniciar alguna relación con algún pretendiente, búscalo en el registro de deudores alimentarios, por lo menos para que sepas si cumple o no con sus obligaciones.

Para hacerlo puedes ingresar al link: http://www.rcivil.cdmx.gob.mx/deudores_alimentarios/

En la actualidad existen al menos 10 estados de la república mexicana que ya cuentan con el registro de deudores alimentarios, así que puedes realizar la búsqueda en todos ellos.

¿Quiénes aparecen en la lista?

Desde luego, no aparecen todos los irresponsables, solo aquellos que firmaron el convenio y lo registraron en el juzgado familiar o que fueron obligados mediante sentencia, por lo que si jamás le demandaste a tu ex la pensión alimenticia no lo encontraras (una razón más para exigir ese derecho de los hijos).

Es importante mencionar, que la pensión alimenticia no es un favor, limosna ni ayuda, es cumplir con una responsabilidad y es un derecho de los menores, la pensión alimenticia debe ser suficiente para solventar lo siguiente:

  • La comida, es decir, la alimentación de 3 veces al día de un menor o menores.
  • El vestir o el tener un guardarropa.
  • La habitación, es decir, el pago de una renta o bien otorgarle el uso y disfrute de un bien inmueble.
  • La atención médica, la hospitalaria y en su caso, los gastos de embarazo y parto; sea mediante la suscripción a un Sistema de Salud o el comprar un seguro de gastos médicos mayores de amplia cobertura.
  • Los gastos para su educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuadas a sus circunstancias personales

¿Cómo hacer para que un deudor alimentario aparezca en la lista?

Existe un procedimiento de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio del D.F.

“Si la persona obligada a pagar la pensión alimenticia incumple por un periodo de 90 días naturales (tres meses), se constituirá en deudor alimentario moroso, y se podrá solicitar al Juez de lo Familiar su inscripción en el registro de deudores alimentarios morosos”.

El Registro de deudores alimentarios morosos se realizará en el Registro Civil del D.F.; y contendrá:

  • Nombre, apellidos y clave única del registro de población del deudor alimentario moroso;
  • Nombre del acreedor o acreedores alimentarios;
  • Datos del acta que acrediten el vínculo entre deudor y acreedor alimentario, en su caso;
  • Numero de pagos incumplidos y monto del adeudo alimentario;
  • Órgano jurisdiccional que ordena el registro; y
  • Datos del expediente que ordena el registro.

Una vez realizada la inscripción del Deudor alimentario moroso, se emitirá un certificado (dentro de los 3 días hábiles siguientes), el cual se podrá inscribir en el Registro Público de la Propiedad (del D.F.) a efecto de que se anote en los folios reales propiedad del deudor alimentario moroso. Para solicitar la cancelación de la inscripción el deudor alimentario moroso deberá acreditar ante el Juez de lo Familiar, haber cubierto el adeudo.

¿Tu ex no da pensión alimenticia y no lo has demandado?

No esperes más, recuerda que el que no apoye no necesariamente significa que ha perdido sus derechos, por lo que en el futuro puede tocar a tu puerta y exigirte que lo dejes convivir con sus hijos, por eso, lo mejor es exigir legalmente los derechos de tus hijos y asesorarte con expertos en la materia y que mejor que nuestro despacho para acompañarte durante todo el proceso con los costos más competitivos del mercado.

Paga con tarjeta de crédito o debito a meses sin intereses.

Si no cuentas con efectivo para pagar el anticipo, recuerda que Lex Pro Humanitas es de los pocos despachos que aceptan tarjeta de crédito y puedes pagar a meses sin intereses.

Si tienes cualquier duda sobre este tema, puedes consultar nuestro blog en el siguiente link: https://www.lexpro.mx/derecho-familiar/preguntasrespuestaslpensionalimenticia/

No lo olvides, si requieres atención jurídica en este tema, nuestros especialistas están a tu disposición, puedes enviarnos un WhatsApp y te asesoraremos vía telefónica sin costo alguno, en caso de contratar nuestros servicios, la asesoría personal tambien es gratuita.

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